Sobre reorganización de Organismos de la Administración Central del Estado

https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-o96.pdf

Se han publicados tres nuevos Decretos Leyes en la Edición Ordinaria No. 96, de 24 de agosto de 2021, de la Gaceta Oficial de la República de Cuba:

Decreto-Ley 41/2021 “De la Creación del Instituto de Información y Comunicación Social”: 

  • Dispone la extinción  del Instituto Cubano de Radio y Televisión como Organismo de la Administración Central del Estado y crea el Instituto de Información y Comunicación Social como Organismo de la Administración Central del Estado que tiene la misión de conducir y controlar la Política de la Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubano; proponer su perfeccionamiento, así como contribuir a fomentar la cultura del diálogo y el consenso en la sociedad cubana.
  • Otorga al Consejo de Ministros, treinta días posteriores a la fecha de su entrada en vigor, para establecer las funciones específicas, estructura y composición del Instituto de Información y Comunicación Social.
  • Entra en vigor, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

Decreto-Ley 42/2021 “De la Reorganización del Sistema de Planificación Física y la creación del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo”:

  • Dispone la extinción del Instituto de Planificación Física y crear el Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, como organismo de la Administración Central del Estado, con la misión de proponer la política del Estado y del Gobierno en materia de ordenamiento territorial, urbanismo, su gestión, los aspectos de diseño y la arquitectura relacionadas con el urbanismo, el catastro, y una vez aprobada, dirigir y controlar su aplicación, así como ejercer el papel rector en el enfrentamiento a las ilegalidades en el ámbito de su competencia.
  • Precisa que el nuevo Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo constituye una unidad orgánica indivisible con independencia funcional y a que a su Presidente corresponde la dirección y reglamentación de la actividad del ordenamiento territorial y el urbanismo en todo el territorio nacional.
  • Así mismo regula que las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo se organizan verticalmente en toda la nación, subordinadas al Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo y son independientes de todo órgano local.
  • También otorga al Consejo de Ministros, treinta días posteriores a la fecha de su entrada en vigor, para establecer las funciones específicas, estructura y composición del Instituto que se crea.
  • Entra en vigor, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

Decreto-Ley 43/2021 “De la Misión del Ministerio de Educación Superior”:

  • Dispone que el Ministerio de Educación Superior es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene la misión de proponer al Estado y al Gobierno, y una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas de educación superior referentes a la formación integral de los estudiantes de nivel superior, la educación de posgrado, la preparación y superación de cuadros y reservas; y dirigir y controlar el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en las universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación adscriptas, así como la extensión de su quehacer a toda la sociedad. 
  • Deroga el Decreto-Ley 371, de 9 de marzo de 2019, por el que se estableció la misión del Ministerio de Educación Superior.
Autor: 
Tomado del Sitio Web de la Gaceta Oficial de la República
Etiquetas: 
Reorganización OACE